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Promueve Lo Nuestro
Incentivo Especial Para Actividades de Mercadeo |
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Propósito
La Compañía de Fomento Industrial
de Puerto Rico es la instrumentalidad pública con la
encomienda de Fomentar el desarrollo industrial y económico
de Puerto Rico mediante la promoción, creación
y retención de empleos e inversión de capital
en los renglones de manufactura, ciencia y tecnología
y servicios de exportación.
A la luz de ese objetivo, el crecimiento sostenido
de las empresas manufactureras en Puerto Rico debe encararse
no sólo a base de proveerle a nuestra industria los
incentivos económicos y contributivos necesarios para
su desarrollo, sino también mediante la creación
de un Fondo de incentivo especial para actividades de mercadeo
que permita un programa continuo y vigoroso de promoción
y publicidad. El propósito de este fondo es dar a conocer
y mantener la buena imagen de nuestros productos. |
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El Incentivo Especial de Mercadeo es un Fondo destinado a las
industrias puertorriqueñas promovidas por la Compañía
de Fomento Industrial. Su finalidad es facilitar a este sector
la participación de actividades de mercadeo dirigidas
a promover sus productos.
Este Fondo Especial se ha creado mediante
una asignación
especial de $1 millón, proveniente de una aportación
anual del Fondo Especial de Incentivos de la CFI.
La Compañía
de Fomento Industrial concederá un
reembolso del 50%, hasta la cantidad máxima de $50,000,
de los gastos incurridos por cada empresa en el desarrollo de
su campaña promocional o publicitaria, por año
fiscal.
Complete la Propuesta Incentivo Especial Para Actividades
de Mercadeo (MER007) y envíela a:
Oficina de Mercadeo
Compañía de Fomento Industrial
P.O. Box 362350
San Juan, P.R. 00936-2350
Para dudas o preguntas, llame al (787)
756-7170 ó envíe
un" e-mail" a info@pridco.com
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- Ser una industria
local pequeña o mediana de manufactura
(favor referirse a reglamento para definición).
- Cumplir
con el proceso promocional, según establecido
por la Compañía de Fomento Industrial.
- Tener un
margen de ventas no menor de $100,000 o mayor de $75
millones, para el año anterior a la solicitud.
- No podrá tener
deudas con la Compañía
o con cualquier otra agencia del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico.
- Cumplir con
las demás disposiciones definidas por
el Reglamento para la Administración Del Incentivo
Especial Para Actividades De Mercadeo.
Reglamento Para La Administración del Incentivo
Especial Para Actividades De Mercadeo (MO-MER-252)
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Solicitud y Otorgamiento de los Dineros del Fondo
| A. |
La Empresa interesada en participar en el Programa
enviará su solicitud a la Oficina de Mercadeo, por
lo menos con dos meses de anticipación a la actividad,
para la aprobación del Comité Evaluador. La
solicitud consistirá de una Propuesta de su campaña
promocional de mercadeo o de publicidad de sus productos.
Toda propuesta tiene que ser precualificada previo a generarse
la actividad para la que se solicitan los fondos.
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| B. |
El Comité Evaluador recomendará la aprobación,
total o parcial de la campaña, cuando el análisis
económico y estudio de viabilidad resulte favorable
para la concesión de la propuesta.
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| C. |
Denegación
El Comité Evaluador podrá denegar la Propuesta
sometida bajo este
Programa por las siguientes razones:
| 1. |
cuando la información suministrada
por el Proponente en cualquier documento, relacionado
o no con la solicitud, sea falsa o fraudulenta; |
| 2. |
por falta de fondos disponibles;
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| 3. |
si el Proponente se niega a suministrar o rendir
la información que el Comité Evaluador
determine necesaria para la aprobación; |
| 4. |
cuando el Proponente no cumpla con los requisitos
establecidos para cualificar en este Reglamento, o |
| 5. |
si la Propuesta no está conforme con la política
pública para el desarrollo industrial y económico
de Puerto Rico. |
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| D. |
La Oficina de Mercadeo notificará al Proponente
la determinación final del Comité Evaluador.
En caso de que la Propuesta sea denegada, el Proponente podrá solicitar
una reconsideración al Director de la Oficina de Mercadeo.
El proceso de reconsideración se efectuará
según lo dispone en el Reglamento de Procedimiento Adjudicativos de la
Compañía de Fomento Industrial con fecha de vigencia del 8 de mayo
de 1991.
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| E. |
La Junta de Directores se reservará el derecho de
emitir cualquier excepción para autorizaciones especiales
que considere meritorias conforme al propósito establecido
en este Reglamento.
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Para mayor información sobre este incentivo favor
de referirse a los siguientes documentos:
Reglamento Para La Administración del
Incentivo Especial Para Actividades De Mercadeo (MO-MER-252)
Propuesta Incentivo Especial Para Actividades
De Mercadeo (MER007)
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Oficina de Mercadeo
Compañía de Fomento Industrial
P.O. Box 362350
San Juan, P.R. 00936-2350
Para dudas o preguntas, llame al (787) 756-7170 ó envíe
un" e-mail" a info@pridco.com
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